La Ley que regula el calendario de las Elecciones
Municipales y Juntas Generales 2015, señala que el día 31 de marzo se
publicaran los decretos donde quedan convocadas las elecciones.
También en dicha Ley, se establece que durante el periodo
electoral, los poderes públicos no podrán realizar ninguna campaña
institucional que atente contra los principios de objetividad y transparencia
del proceso electoral y de igualdad entre los actores electorales, principios
que deben ser efectivamente garantizados por la Administración electoral, como
dispone el artículo 8.1 de la LOREG.
Se entiende por periodo electoral el comprendido entre la
fecha de publicación de la convocatoria de las elecciones en el boletín oficial
correspondiente y el día mismo de la votación.
No hay comentarios:
Publicar un comentario